• La persona que todavía aparece en el padrón electoral es un sindicalista que falleció a fines de los ‘80, pero no emitió su voto.
  • El Tribunal Electoral Provincial confirmó a Reverso que nadie votó en nombre de la persona que murió.
  • Cuando un ciudadano fallece es removido del padrón inmediatamente, pero si esto no ocurre, según informaron desde la Cámara Nacional Electoral, se debe presentar un acta de defunción ante el juez electoral competente.

Circula en Facebook una publicación en la que se ve el padrón electoral de la provincia de Formosa con los datos de una persona llamada Plutarco Chaparro. La imagen está acompañada del siguiente texto: “MILAGRO: UNA PERSONA MUERTA HACE 30 AÑOS VOTÓ EN FORMOSA (sic)”. Sin embargo, esto es falso: Chaparro efectivamente falleció, pero no se emitió ningún voto en su nombre, según confirmaron el Tribunal Electoral Provincial y la Cámara Nacional Electoral a Reverso. 

Esta publicación falsa fue compartida más de 19 mil veces, según los datos que ofrece el propio post de Facebook. Además, recibió más de 300 comentarios y 511 reacciones.

Plutarco Chaparro fue un sindicalista formoseño que llegó a ser secretario Adjunto de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN). Así lo confirmó el actual secretario General del gremio en Formosa, Isabelino Idoyaga, cuando fue consultado por este medio. Chaparro desempeñó su cargo a principios de los ‘80 y falleció en 1987, según Idoyaga y el secretario Adjunto del gremio local Faustino Duarte, que se lo confirmó al medio formoseño y aliado de Reverso “Cuarto Poder Diario”

Este medio contactó a Sandra Moreno, jueza del Tribunal Electoral Provincial, para consultarla por este tema. “No recibimos ninguna denuncia de que haya pasado algo similar”, dijo la magistrada. También aclaró que “los padrones provinciales los confecciona la Cámara Nacional Electoral (CNE)” y que “las bajas se registran con datos que envía el Registro Nacional de las Personas y no el gobierno de la provincia de Formosa”. 

En la imagen que se volvió viral en redes sociales se ve que la constancia de emisión de voto (que se le entrega a cada ciudadano después de votar) no fue quitada del padrón. Es decir, se trata solo de una imagen que muestra que el nombre del fallecido aún aparece, pero no que se emitió un voto en su nombre. Desde el Tribunal Electoral Provincial confirmaron que “Chaparro Plutarco no emitió el voto” y que “en el padrón de la mesa correspondiente se encuentra el troquel intacto” (ver acá). El troquel que se puede ver en la imagen corresponde a la elección provincial del 16 de junio último, donde Gildo Insfrán (Partido Justicialista) resultó reelecto por sexta vez. 

Según el Código Electoral Nacional, cualquier elector o partido político tiene derecho a pedir, ante el juzgado federal con competencia electoral de su provincia, que se eliminen o tachen del padrón los electores fallecidos, siempre y cuando se presente un acta de defunción de esa persona. Luego, la Cámara Nacional Electoral (CNE) se ocupa de quitar a esos fallecidos de los registros informáticos y de los físicos. De acuerdo con el cronograma oficial de la Cámara, hubo tiempo hasta el 24 de mayo último para poder efectuar reclamos de electores sobre sus datos y solicitar la eliminación de fallecidos.

Finalmente, Reverso consultó a Sebastián Schimmel, secretario de Actuación Electoral de la CNE. El funcionario explicó que efectivamente Chaparro ”permanece en el padrón” pero que “de ahí no surge que haya votado, de hecho, de acuerdo con la información que obra en el registro de infractores al deber de votar, no se presentó a votar en ninguna elección nacional desde que se conformó ese registro en 2013”.

Schimmel también explicó que la Justicia electoral “desde hace al menos 10 años ha adoptado medidas complementarias para detectar y depurar los casos que aún pudieran existir de fallecidos no informados”, como el cruce de datos con la ANSES. Sin embargo, según afirmó Schimmel, existen casos que no llegan a conocimiento de la Justicia electoral. Para esos casos “el Código Electoral prevé que sea la ciudadanía, en los períodos de publicación del padrón (provisorio y definitivo), la que informe una defunción”.


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